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La Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires rechazó el pedido de reimpresión de boletas de la Libertad Avanza, tras la renuncia de José Luis Espert a su candidatura, donde ocupaba el primer lugar.

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“Los informes técnicos, el cronograma electoral y la secuencia de tareas establecidas por las autoridades competentes demuestran claramente la imposibilidad material y temporal de realizar una nueva impresión de boletas únicas papel, sin poner en riesgo la organización, transparencia y efectiva realización de las elecciones del 26 de octubre de 2025″, señala el documento de la Justicia.

En la misma línea, agrega: “Esta Junta concluye que la solicitud debe ser rechazada, no sólo por su imposibilidad material, temporal y jurídica, sino también por sus consecuencias económicas, institucionales y operativas, y por el riesgo de generar un precedente contrario a la estabilidad y previsibilidad del sistema electoral”.

En su descargo, el juez Ramos Padilla aclaró: “Más allá de la imposibilidad material y temporal demostrada en los considerandos precedentes, el pedido formulado por la alianza ‘La Libertad Avanza’ resulta también jurídicamente improcedente, en tanto contradice el régimen de plazos, etapas y competencias establecido por el Código Electoral Nacional, las acordadas de la Cámara Nacional Electoral y la doctrina reiterada de ese Tribunal en materia de orden público electoral”.

En ese sentido, remarcó: “El Código Electoral Nacional regula un proceso secuencial y preclusivo en la oficialización de candidaturas y aprobación de boletas, integrado por etapas que se suceden de manera ordenada y que, una vez cumplidas, no pueden retrotraerse sin afectar la validez y estabilidad del proceso electoral”. Y añadió: “Los plazos electorales son perentorios y de orden público, y su cumplimiento no puede quedar librado a la voluntad de las partes ni de las autoridades administrativas”.

Por último, la Junta electoral sentenció: “La eventual aceptación de la solicitud planteada crearía un precedente de enorme gravedad institucional, en tanto abriría la posibilidad de que cualquier renuncia, sustitución o fallecimiento posterior a la impresión de las boletas diera lugar a reclamos similares, comprometiendo en forma permanente la estabilidad del proceso electoral”.

 

 

 

Autor: admin