El juez Ramos Padilla rechazó la reimpresión de las boletas y la cara de Espert aparecerá en el espacio de LLA
A pesar de que el Gobierno aseguró que contaba con el tiempo y los fondos, la Justicia no hizo lugar al pedido.
La Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires rechazó el pedido de reimpresión de boletas de la Libertad Avanza, tras la renuncia de José Luis Espert a su candidatura, donde ocupaba el primer lugar.
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“Los informes técnicos, el cronograma electoral y la secuencia de tareas establecidas por las autoridades competentes demuestran claramente la imposibilidad material y temporal de realizar una nueva impresión de boletas únicas papel, sin poner en riesgo la organización, transparencia y efectiva realización de las elecciones del 26 de octubre de 2025″, señala el documento de la Justicia.
En la misma línea, agrega: “Esta Junta concluye que la solicitud debe ser rechazada, no sólo por su imposibilidad material, temporal y jurídica, sino también por sus consecuencias económicas, institucionales y operativas, y por el riesgo de generar un precedente contrario a la estabilidad y previsibilidad del sistema electoral”.
En su descargo, el juez Ramos Padilla aclaró: “Más allá de la imposibilidad material y temporal demostrada en los considerandos precedentes, el pedido formulado por la alianza ‘La Libertad Avanza’ resulta también jurídicamente improcedente, en tanto contradice el régimen de plazos, etapas y competencias establecido por el Código Electoral Nacional, las acordadas de la Cámara Nacional Electoral y la doctrina reiterada de ese Tribunal en materia de orden público electoral”.
En ese sentido, remarcó: “El Código Electoral Nacional regula un proceso secuencial y preclusivo en la oficialización de candidaturas y aprobación de boletas, integrado por etapas que se suceden de manera ordenada y que, una vez cumplidas, no pueden retrotraerse sin afectar la validez y estabilidad del proceso electoral”. Y añadió: “Los plazos electorales son perentorios y de orden público, y su cumplimiento no puede quedar librado a la voluntad de las partes ni de las autoridades administrativas”.
Por último, la Junta electoral sentenció: “La eventual aceptación de la solicitud planteada crearía un precedente de enorme gravedad institucional, en tanto abriría la posibilidad de que cualquier renuncia, sustitución o fallecimiento posterior a la impresión de las boletas diera lugar a reclamos similares, comprometiendo en forma permanente la estabilidad del proceso electoral”.
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